Residencia en Costa Rica para Jubilados

¿Está pensando en obtener una residencia para jubilados en Costa Rica, para disfrutar de su pensión?
¿Tiene usted (o su cónyuge) una pensión mensual de por vida de $ 1,000 USD?
Encontrará que la categoría Pensionado es una muy buena opción. La pensión debe de ser una pensión vitalicia. A demás los pensionados no pagan impuestos sobre los ingresos de fuera de Costa Rica. Una vez usted obtenga su residencia para pensionado, podrás disfrutar de todos los beneficios que otorgan por ser un ciudadano costarricense como, el Seguridad Social y Salud Pública (CCSS o Caja), que cubre condiciones preexistentes.
Si usted está casado y tiene hijos, entonces su esposa e hijo pueden ser dependientes. Cuando obtenga la residencia, deberá renovar su estado cada 2 años y demostrar que estuvo en CR un día al año. Un residente temporal puede solicitar la residencia permanente después de 8 años. De hecho, con la residencia permanente o temporal, puede disfrutar de todos los derechos de un ciudadano costarricense, excepto que no puede votar.
¿Qué necesita para obtener su Residencia para Jubilados en Costa Rica?
Beneficios:
- Usted obtiene una Residencia temporal: válida por 2 años, renovable;
- Puede solicitar la residencia permanente sin condiciones después de 3 años;
- Puede reclamar cónyuge y dependientes.
- Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
- Puede obtener el CCSS (seguro social)
Requisitos:
- Prueba de ingresos de $1000 USD al mes de una fuente de pensión permanente o fondo de jubilación.
- Debe estar en Costa Rica al menos 1 día al año.
- Prueba de pensión.
- Verificación de antecedentes penales de su país de origen.
- Certificado de nacimiento.
6. Certificado de matrimonio (si procede).
7. Impreso de solicitud (lo cumplimentaremos por ti).
8. Huellas dactilares para C.R.
9. Inscripción consular (nosotros lo haremos por ti).
10. Ocho fotografías tamaño carnet.
Nota: Todos los documentos deben ser apostillados en su país de origen (si su país de origen no es parte de la Convención de la Apostilla, los documentos deben ser autenticados o legalizados en la Embajada de Costa Rica en su país de origen).
Costo del proceso:
1700 $ (titular) 700 $ (cónyuge a cargo 500 $ (hijo a cargo)
No se incluyen los gastos del Gobierno ni otros gastos relacionados con su residencia.
Además de nuestros honorarios de servicio, tenga en cuenta que habrá tasas gubernamentales y algunos gastos adicionales (tales como traducciones al español, citas de inmigración, citas locales de huellas dactilares a la casa amarilla, tarjeta de identificación - DIMEX, y depósito de seguridad (reembolsable), CASH registro).
- Los impuestos no están incluidos en el precio.
- Todos los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Y Dispone de 90 días para presentar todos los documentos requeridos a Inmigración (DGME) una vez abierto su expediente. Supongamos que un solicitante de residencia tiene dificultades para obtener los documentos dentro del plazo asignado de 90 días, y nosotros podemos ayudarle. En este caso, JAROS puede solicitar 1 prórroga para presentar los documentos (con un coste de 100 USD por solicitud de prórroga).