Ciudadanía Costarricense (Naturalización) por Residencia

Muchos inmigrantes finalmente dan el paso final de la inmigración a Costa Rica y se convierten en ciudadanos naturalizados. Primero hay que pasar por la Residencia Temporal y luego por la Permanente antes de solicitar la Ciudadanía. Una cosa buena de obtener la ciudadanía es que no es necesario renovarla, como ocurre con el estatus de residencia temporal o permanente. Además, para obtener todos los beneficios como costarricense también se obtiene el pasaporte costarricense. Costa Rica permite la doble nacionalidad
¿Qué necesita para obtener el estado permanente en Costa Rica?
Ciudadanía por Residencia:
- 7 años viviendo en Costa Rica como residente legal (5 años si eres ciudadano de un país centroamericano, ciudadano de ciertos países latinoamericanos o ciudadano español por nacimiento).
- Debe demostrar que ha vivido en Costa Rica durante el tiempo acumulado mediante el registro de entradas y salidas de inmigración.
- 2 declaraciones de testigos de carácter.
- Prueba de medios de vida financieros, como una certificación de ingresos de un contador público.
- Certificado de nacimiento del país de origen, apostillado o legalizado (en la mayoría de los casos, puede omitir este requisito si se encuentra en su expediente de inmigración).
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, apostillado o legalizado, expedido en los últimos 3 meses.
- Realización de la prueba de ciudadanía - español y estudios sociales (los solicitantes mayores de 65 años están exentos de esta prueba).
Ciudadanía por Matrimonio::
- 2 años viviendo en Costa Rica casado con un ciudadano costarricense.
- Prueba de haber vivido en Costa Rica por el tiempo acumulado a través del registro de entradas y salidas migratorias.
- Partida de nacimiento del país de origen, apostillada o legalizada.
- Comprobante de Antecedentes Penales del país de origen, Apostillado o Legalizado, emitido dentro de los últimos 3 meses.
Nota: Todos los documentos deben ser apostillados en su país de origen (si su país de origen no es parte de la Convención de la Apostilla, los documentos deben ser autenticados o legalizados en la Embajada de Costa Rica en su país de origen).
Costo del proceso:
1400 $ (Titular) 1200 $ (mayores de 65 años)
Las tasas gubernamentales y otros gastos asociados a su residencia no están incluidos.
Además de nuestros honorarios de servicio, tenga en cuenta que habrá tasas gubernamentales y algunos gastos adicionales (tales como traducciones al español, citas de inmigración, citas locales de huellas dactilares a la casa amarilla, tarjeta de identificación - DIMEX, y depósito de seguridad (reembolsable), CASH registro).
- Los impuestos no están incluidos en el precio.
- Todos los precios están sujetos a cambios sin previo aviso.
AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Y Dispone de 90 días para presentar todos los documentos requeridos a Inmigración (DGME) una vez abierto su expediente. Supongamos que un solicitante de residencia tiene dificultades para obtener los documentos dentro del plazo asignado de 90 días, y nosotros podemos ayudarle. En este caso, JAROS puede solicitar 1 prórroga para presentar los documentos (con un coste de 100 USD por solicitud de prórroga).