Los turistas extranjeros autorizados a ingresar y permanecer en Costa Rica por un período menor a noventa días, podrán solicitar una prórroga.
1. Los turistas extranjeros interesados deben presentar una solicitud indicando las razones por las que pretenden extender su estadía en Costa Rica, proporcionar su información de contacto y proporcionar su dirección exacta.
2. Pago de ¢ 125 colones por timbre fiscal y ¢ 2,50 colones adicionales por cada hoja de documentación necesaria, de acuerdo con la Ley de Balance Financiero del Sector Público.
3. Copias certificadas de todas las páginas de su pasaporte válido, o una copia de todas las páginas de su pasaporte válido y el pasaporte original para ser verificadas por los funcionarios de inmigración.
4. Dos fotografías recientes tamaño pasaporte.
5. Demostración de solvencia económica de acuerdo con lo que disponga el Consejo Nacional de Migración, en su caso, con traducción oficial al español.
6. Comprobante de pago al gobierno de Costa Rica por la cantidad de cien dólares (US $ 100,00) o su equivalente en colones al tipo de cambio que fije el Banco Central, según lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley.
7. De acuerdo con las nuevas medidas administrativas establecidas en la Resolución DJUR-01-01-2021JM, publicada en el Alcance No. 5 de la Gaceta No. 6 de fecha 11 de enero de 2021, los requisitos para este trámite estarán debidamente regulados en el Reglamento de Migración. , Decreto Ejecutivo 37112-GOB, además del seguro de viaje por un período igual al período solicitado en la prórroga turística. El seguro debe cubrir al menos los costos de hospedaje y gastos médicos que pueda generar la enfermedad COVID-19. Este seguro puede ser uno de los ofrecidos por alguna de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica y debidamente registrado ante dicha autoridad, o un seguro de viaje con cobertura internacional.
Acuda únicamente al personal debidamente autorizado para consultar sobre requisitos, citas y cupos de atención. Página: www.migracion.go.cr
Importante: La solicitud puede presentarse antes del vencimiento del plazo otorgado para la estadía inicial. Su estadía en Costa Rica no podrá exceder los 90 días, de acuerdo con el artículo 90 de la Ley General de Migración y Extranjería 8764.